SISTEMAS DE COMUNICACIÓN INTERNOS

Es una de las medidas principales de los programas de compliance penal y, a su vez, es una obligación legal para muchas empresas, cuyo incumplimiento prevé sanciones a partir de los 600.000 €.

Más concretamente, la conocida como Directiva whistleblowing y, en España, la Ley de Protección al Informante, establecen la obligación de tener un sistema de comunicación interno a entidades del sector privado y público.

En el sector privado, se hace mención a empresas de más de 50 trabajadores, organizaciones empresariales, empresas que tengan especiales obligaciones en materia de prevención de blanqueo de capitales, mercados financieros, seguridad del transporte o protección del medio ambiente, partidos políticos, sindicatos, entre otras.

Estos sistemas han de ser utilizados para que puedan comunicarse incumplimientos normativos de forma segura y confidencial, de tal modo que se garantice la seguridad del informante.

No obstante, el sistema de comunicación interno debe adoptarse como un mecanismo muy importante dentro de las políticas de cumplimiento normativo, que pueden servir para detectar puntos de mejora de estas políticas y sistemas de compliance, para contribuir a que la organización tenga los más altos estándares de transparencia e integridad.
Desde BLC Compliance ofrecemos a nuestros clientes la implantación, gestión y seguimiento de los sistemas de comunicación internos para que puedan aprovechar todas las ventajas que implica su adecuado uso en una organización, ajustándonos a las necesidades reales de cada cliente.

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